Vuelo cancelado: cuáles son tus derechos según el Reglamento UE 261/2004
Vuelo cancelado: cuáles son tus derechos según el Reglamento UE 261/2004

Vuelo cancelado: cuáles son tus derechos según el Reglamento UE 261/2004

Si tu vuelo se cancela, siempre tienes derecho a elegir entre un reembolso completo del billete y un vuelo alternativo, y en muchos casos también una compensación de 250 a 600 euros conforme al Reglamento (CE) 261/2004.

Reembolso o vuelo alternativo: tú decides

En caso de cancelación notificada por la aerolínea, tienes derecho a elegir entre un reembolso completo del billete dentro de 7 días y un reacomodo en un vuelo alternativo hacia el mismo destino, en las condiciones más favorables disponibles, incluso con otra compañía si es necesario. Si la cancelación afecta solo parte de un viaje ya iniciado, puedes consultar la guía sobre reembolso de billetes aéreos para otros casos que aplican.

Cuándo te corresponde compensación de 250 a 600 euros

Si la cancelación te fue notificada con menos de 14 días de anticipación y no se debe a circunstancias extraordinarias (clima extremo, huelgas del control de tráfico aéreo, inestabilidad política), tienes derecho a una compensación que va desde 250 euros para rutas de hasta 1.500 km a 600 euros para aquellas superiores a 3.500 km. Una huelga convocada por el personal de la propia aerolínea, por el contrario, no se considera una circunstancia extraordinaria según los jueces europeos y por lo tanto no exime del pago.

Asistencia gratuita durante la espera

Mientras esperas tu vuelo alternativo, la aerolínea debe proporcionarte asistencia gratuita: comidas y bebidas proporcionales al tiempo de espera, dos llamadas telefónicas o correos electrónicos, y si es necesario alojamiento en hotel con traslado incluido.

Una reforma confirmada, pero no antes de 2027

El 7 de julio de 2026, el Parlamento Europeo aprobó definitivamente la reforma del reglamento, que introduce nuevas protecciones sobre equipaje de mano y transparencia tarifaria, pero confirma los montos actuales y el plazo de notificación descritos arriba, rechazando propuestas que los hubieran modificado. Las nuevas normas entrarán en vigor recién en la segunda mitad de 2027, por lo que hoy siguen siendo válidas las reglas descritas en este artículo.

Guarda siempre tu tarjeta de embarque y la notificación escrita de cancelación: son las pruebas necesarias para tu reclamo, que debes presentar primero a la aerolínea y solo después, si no responde, a la autoridad nacional competente.

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